En 1924 se legalizó el procedimiento
voluntario, pero no existía protocolo que estandarice su aplicación. Hoy norma
se publicará y entrará en vigencia. No se aplica en el caso de violaciones o
enfermedades congénitas.
Pese a que ya era legal, pocos hospitales lo respetaban y
algunos médicos preferían no aplicarlo. El resultado era uno solo: el
sufrimiento de las gestantes. Ahora, 90 años después de que el proceso fuera
despenalizado, se aprobó el ‘Protocolo para el aborto terapéutico’, un
mecanismo que busca preservar la vida de las embarazadas (menos de 22 semanas o
4 meses y medio) con alto riesgo de muerte, o para evitar un mal grave o
permanente.
La resolución ministerial de la ahora llamada ‘Guía técnica
nacional para la estandarización del procedimiento de la atención integral de
la gestante en la interrupción voluntaria por indicación terapéutica del
embarazo menor de 22 semanas’ se publicará hoy e inmediatamente después entrará
en vigencia. Así lo anunció la ministra de Salud, Midori de Habich, durante una
conferencia realizada ayer, en la que participaron los titulares de Justicia y
de la Mujer, Daniel Figallo y Carmen Omonte.
Con este mecanismo se podrá salvar la vida de unas 20
mujeres al año, calculan. Y es que el objetivo del protocolo es disminuir los
índices de mortalidad materna en el país.
El aborto terapéutico no es algo nuevo. Su aplicación se
despenalizó en 1924, a través del artículo 119 del Código Penal, el cual
refiere que “no es punible si es el único medio para salvar la vida de la
gestante”. Pese a ello, no se contaba con una norma que desarrolle, unifique y
establezca un “antes, durante y después” en el procedimiento médico.
Ante esta carencia, unos 15 hospitales optaron por generar
sus propias guías; sin embargo, esta buena iniciativa carecía de una adecuada
estandarización.
HOSPITALES Y CLÍNICAS
Este nuevo protocolo lo desarrolló el Ministerio de Salud,
con opiniones de la Organización Mundial de la Salud, la Federación
Latinoamericana de Sociedades de Obstetricia y Ginecología , Colegio Médico y
otras sociedades médicas y representantes del sector salud.
Su aplicación se extenderá a todos los hospitales y clínicas
del Perú. Estas últimas no podrán negarla por ser instituciones con personería
jurídica. Aquel establecimiento que no siga el procedimiento administrativo
–cuya duración no debe exceder los seis días– será sancionado. (Ver
infografía).
Asimismo, deberán garantizar la disponibilidad de los
recursos e insumos. Si un establecimiento de salud de menor categoría a la
hospitalaria, recibe una solicitud, la paciente deberá ser referida a otro local
que cumpla con la norma.
Ahora bien, ¿en qué casos una gestante está en riesgo?
Alfredo Celis, presidente de la Sociedad Peruana de Ginecología y Obstetricia,
explica que el aborto terapéutico procede si, por ejemplo, la gestante tiene
cáncer de cuello uterino o de mama y debe iniciar un tratamiento de
quimioterapia. También en aquellas pacientes con aneurismas y que, además, sean
hipertensas. “Si sube la presión, el aneurisma se puede romper. Es necesario
interrumpir el embarazo”, indica.
Hay que precisar que este procedimiento no contempla el
embarazo anencefálico (feto sin cerebro), malformaciones incompatibles con la
vida extrauterina o violaciones.
REACCIONES TRAS MEDIDA
Susana Chávez, directora de Promsex, saludó la medida y
aseguró estar a la espera de que se contemple situaciones como el embarazo
anencefálico, por “estar asociado a problemas físicos y psicológicos”.
Por su parte, la Conferencia Episcopal mantiene su rechazo a
la guía. Advierte que no es necesaria debido a que con un tratamiento
satisfactorio se pueden salvar la vida de la madre y del feto.
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