martes, 15 de julio de 2014

PODER JUDICIAL ORDENA RESTITUIR PAGO A VICEPRESIDENTA REGIONAL DE LIMA










Después de varios meses que los consejeros regionales del gobierno regional de Lima acordaron reducir la mensualidad de la vicepresidenta regional (actualmente en licencia) Lita Román Bustinza, de nueve mil nuevos soles a dos mil nuevos soles, aduciendo su escasa participación con el cargo que ostentaba.
Pero el controvertido acuerdo, que tiene incompatibilidad constitucional, ha motivado para que el Poder Judicial ordene, en primera instancia, restituir la remuneración mensual de s/.9,100.00 (nueve mil cien y 00/100 nuevos soles), la misma que percibía hasta el 2013.
Dicho fallo, traería fuertes problemas legales a los consejeros regionales que aprobaron la polémica reducción de los haber de la vicepresidenta regional Román Bustinza.
El pronunciamiento del Poder Judicial, consigna lo siguiente: "por estos fundamentos; declararon fundado el recurso de apelación interpuesto por la demandante, en consecuencia, revocaron: la sentencia contenida en la resolución número doce, de dieciocho de noviembre del dos mil trece, obrante de fojas trescientos veintidós a trescientos veintiséis, que declara infundada la demanda en los seguidos por doña Lita Román Bustinza con el Gobierno Regional de Lima, sobre proceso de amparo; que reformaron: declarando fundada la demanda de fojas veintitrés a cuarenta y siete y de fojas cincuenta y dos a sesenta y uno.
"En consecuencia, se declara la nulidad absoluta por incompatibilidad constitucional del acuerdo del consejo regional n° 017-2013-cr/grl, de 29 de enero del 2013, que fija para el período 2013 la remuneración mensual de vicepresidente del Gobierno Regional de Lima en s/.2,000.00 (dos mil y 00/100 nuevos soles), por la función que cumple, en consecuencia, deberá de restituirse la remuneración mensual de s/.9,100.00 (nueve mil cien y 00/100 nuevos soles) que le corresponde en su calidad de vicepresidente del gobierno regional de lima, extendiendo a su favor la vigencia del artículo 3° del acuerdo de consejo regional n° 007-2011-cr-grl, de 27 de enero de 2011; con costas procesales. Publíquese la presente resolución en el diario oficial el peruano"
De esta manera finaliza el documento que pone una vez más en el ojo de la tormenta a los consejeros regionales sobre sus funciones como órgano fiscalizador y normativo, entendiéndose que más están dedicados a su campaña con colores políticos, sin importarles vulnerar las normas para asumir acuerdos fuera de lugar que hoy son muy cuestionados.

Fuente: Sintesis

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